Saltar al contenido
Criadores de Bulldog Frances

Garantias

PROPIEDAD  USO  Y  DERECHO  DE GARANTIAS

      ROSA  DORADA AFIJO Nº 007073

              Cede la propiedad del cachorro/ a:

 NOMBRE:_______________________________________________________

 DNI:_______________________

 CIUDAD_____________________POBLACION_______________________

 DOMICILIO_________________________________________________

 Con este contrato se formaliza la cesión del animal especificado a continuación:

RAZA_____________________  SEXO____________COLOR_________________

FECHA DE NACIMIENTO_______________________________________________

 VACUNACIONES__________________DESPARASITACIONES____________

NOMBRE OFICIAL________________________________________________

 Este cachorro es adquirido con garantías de animal de compañía.

El comprador de dicho animal se responsabiliza desde el momento de la entrega, de la alimentación, cuidado higiénico-sanitario, así como del desarrollo y larga vida del animal.

Adquiere usted un perro que a sido criado con mucha dedicación, cuidado en no convertirlo en un perro agresivo, dispensándole una educación racional, procurando siempre no equivocar los conceptos de amor y entrega al perro, por dolor y miedo al castigo.

Adquiere usted la responsabilidad de evitar al perro toda clase de dolor y sufrimiento, vejaciones y malos tratos.

NO PODRA DESTINAR EL PERRO A PELEAS COMPETITIVAS, INCURRIENDO EN UN DELITO TIPIFICADO POR LA LEY.

                             GARANTIAS

 -El criador garantiza que todos los datos reflejados en este contrato son auténticos.

-El perro al que se refiere este contrato esta garantizado por un periodo de 15 días por contraer  enfermedades infecto-contagiosas de larga incubación

-La falta de cumplimentado de este contrato por parte del comprador, implica la renuncia de las garantías y derechos que otorga este contrato,.liberando al criador de toda vinculación con el.

-Para enfermedades genéticas (excepto displasia de cadera en el bulldog frances), la garantía es de 12 meses. Tras la comprobación de nuestro servicio veterinario, se efectuara el cambio del animal enfermo ( limitado al periodo de cría de una hembra) .El cual nunca y bajo ningún concepto se quedara el comprador.

Para garantías sobre enfermedades víricas, se entiende que a de  desarrollarse en el plazo de los 15 días posteriores a la fecha de cesión y es responsabilidad del comprador atender  y poner todos los medios a su alcance para salvar la vida del perro.

Si el perro no superase la enfermedad y esta causase la muerte del animal, el criador le repondría con otro de similares características que el anterior, muerto, en el plazo más breve posible, condicionado por el tiempo de cría de una hembra.

Para obtener el derecho a esta garantía, tendrá que cumplir usted con los siguientes requisitos:

-Haber puesto en manos de un colegiado veterinario al cachorro en los primeros síntomas.

-Haber notificado inmediatamente del diagnostico del profesional veterinario (aunque solo sean sospechas o posibilidades de dicha enfermedad) proporcionando el numero de TEL. y datos de la clínica o el veterinario, para que el criador pueda estar al corriente de la evolución de la enfermedad, dicha notificación deberá hacerse por TEL. al 611 463 619

-De suceder la muerte del perro se notificara de inmediato y personalmente, y se pondrá el cadáver a disposición del criador.

-Sucedida la muerte del perro se  tendrá que entregar al criador certificación veterinaria del colegiado que lo trato, analítica de las pruebas del laboratorio que den resultado positivo de la enfermedad vírica, muestras de heces para su estudio por el servicio veterinario del criadero con el fin de valorar la aplicación de la garantía

-Si el criador decidiese la no entrega del cadáver se remitirá certificación del gestor que realice la exhumación del mismo (ayuntamiento, cementerio, etc. ).

-El comprador absorbe todos los gastos ocasionados, incluso los portes para que estas garantías sean efectivas.

-El no cumplimiento de alguno de los contenidos o los párrafos anteriores liberan al criador de hacer efectivas estas garantías

-En caso de litigio se someterá a los juzgados y tribunales de Valencia, con renuncia expresa de su propio fuero.

Así mismo el criador pone a su disposición un servicio de atención al cliente, durante toda la vida del animal, los 365 días del año, de 10Hrs a 14 Hrs y de 17 a 20 Hrs, garantizando que al teléfono se pondrán los criadores y no un empleado.

Además les ofrecemos un servicio de sementales en el caso de las  hembras.

                              FIRMAS:                CRIADOR                  /            COMPRADOR

 Desde Rosa Dorada les damos la enhorabuena por la adquisición del cachorro, esperando quede totalmente satisfecho con su nueva mascota y nos ponemos a su disposición para cualquier duda que les pueda surgir.

                No dejen de visitar nuestra Web  www.rosadorada.es